En el Estado de Hidalgo, el Ministerio Público denegó la interrupción del embarazo a una menor por causa de violación. El Código Penal de este estado contempla el aborto bajo el supuesto de violación, siempre que el hecho haya sido denunciado previamente y la interrupción se realice dentro de los 90 primeros días de gestación.
La menor denunció el caso, declarando que lo que se ha cometido contra ella es inconstitucional por negar el derecho a la salud, la igualdad, la no discriminación y la dignidad de las mujeres. Ella tuvo que viajar al DF para poder abortar, por lo que fueron muchos los daños causados contra ella, pudiendo haberlo hecho en su propio estado, ya que estaba dentro de la legalidad.
Ahora es la Corte Suprema quien revisa este caso…
Así pues, esta historia ha llegado hasta la Corte Suprema, donde van a revisar el caso, y ver posibles casos futuros de adolescentes y mujeres que solicitan abortar bajo causa de violación. Por primera vez, se han comenzado a cuestionar si el Ministerio Público debe o no condicionar el aborto a que la víctima haya denunciado previamente la agresión; si el plazo de 90 días es constitucional; y lo que es más importante, si es constitucional que el Ministerio Público autorice o no autorice el aborto a una mujer en caso de violación, sobre todo si la mujer es menor de edad.
Si vamos un poco más allá; la Ley General de Víctimas dice en su artículo 35:
«A toda víctima de violación sexual, o cualquier otra conducta que afecte su integridad
física o psicológica, se le garantizará el acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia y de
interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la
voluntad de la víctima; asimismo, se le realizará práctica periódica de exámenes y tratamiento
especializado, durante el tiempo necesario para su total recuperación y conforme al diagnóstico y
tratamiento médico recomendado; en particular, se considerará prioritario para su tratamiento el
seguimiento de eventuales contagios de enfermedades de transmisión sexual y del Virus de
Inmunodeficiencia Humana«.
Por tanto, lo que denuncia la menor es que no se está respetando esta ley, ya que no se le han brindado estas intervenciones en ningún momento… Como decíamos, tuvo que ir al DF ante la negativa del Ministerio Público.
Esperemos que este caso sea tenido en cuenta para abrir los ojos a la realidad que sufren muchas mujeres en México. El aborto por causa de violación está regulado prácticamente en todos los estados mexicanos, y además, en teoría, ampara la Ley General de Víctimas. Para esta adolescente no sirvió nada de esto, ahora es la Corte Suprema quien tendrá la oportunidad de cambiar esta situación, ver si se cumplen las leyes.