En el estado de Quintana Roo, así como en el resto del país el aborto se considera un delito y la mujer que se lo practique podrá enfrentar penas de prisión. A pesar de que se han presentado varias iniciativas para su legalización, estas no han prosperado y hasta la fecha el aborto en Quintana Roo está considerado un homicidio culposo.
El delito de aborto así como todo lo relativo a este está definido en el Capítulo III del Código Penal del Estado de Quintana Roo. En el artículo 92 de este documento se define el aborto como la muerte del producto
de la concepción en cualquier momento del embarazo intrauterino, y se aclara que a la mujer que aborte se le impondrán de seis mese a dos años de prisión, según el artículo 93.
Sin embargo, el juez podría aplicar hasta una tercera parte de la pena cuando sea adecuado hacerlo considerando el estado de salud de la madre, su instrucción y condiciones personales, las circunstancias en que se produjo la concepción, el tiempo que hubiese durado el embarazo, el desarrollo y características del producto, el consentimiento otorgado por el otro progenitor, entre otros.
Como otros estados, el aborto en Quintana Roo se permite en ciertas circunstancias. El artículo 97 del Código Penal señala que el aborto no será punible:
I. Cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada.
II.- Cuando el embarazo sea resultado de una violación, que haya sido denunciada ante el Ministerio Público, y siempre que el aborto se practique dentro del término de 90 días de la gestación.
III.- Cuando a juicio de cuando menos dos médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves, o
IV.- Cuando a juicio del médico que atienda a la mujer embarazada, sea necesario para evitar un grave peligro para la vida.
¡Alerta! Aunque el Código Penal señale que en caso de violación es necesario haber denunciado frente al Ministerio Público, debes saber que de acuerdo a la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana NOM046, denunciar la violación no es requisito para solicitar un aborto ante las instituciones de salud y solo en caso de que seas menor de 12 años la solicitud debe venir de tu madre, padre o tutor.
Si no te encuentras en ninguna de estas causales, para abortar de forma legal y segura deberás trasladarte a la CDMX, donde el aborto es legal hasta las 12 semanas y el único estado en el que existen Clínicas ILE seguras.

Trasládate a CDMX para abortar de forma legal y segura
En las clínicas ILE de CDMX se realizan abortos con medicamentos y quirúrgicos con autorización legal y de forma segura. El personal médico te ayudará desde un inicio a elegir el método más adecuado en tu caso, te realizarán las pruebas necesarias y supervisarán todo el procedimiento para cuidar tu salud.
Si viajas desde Quintana Roo, podrás trasladarte a CDMX en avión desde Cancún, Cozumel o Chetumal, en un vuelo de unas dos horas de duración. Si prefieres viajar por tierra podrás abordar un autobus desde cualquier ciudad en tu estado, considera que se trata de un viaje de más de 24 horas, ve preparada.
Si te preocupa el traslado en la CDMX, debes saber que existen clínicas en toda la ciudad, en nuestros buscadores podrás encontrar las Clínicas ILE más cercanas al aeropuerto o a la terminal de autobuses TAPO y así evitar traslados innecesarios. Además, algunas clínicas ofrecen servicios especializados para mujeres de provincia. Pregunta por ellos.
Revisa y compara las opciones que te ofrecen las distintas clínicas ILE, elige la que más te convenga, llama aclara tus dudas y si lo deseas, agenda una cita.